Acá entre nos
Alejandro Moguel
Lanza la SCJN visos de reivindicación
La prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal abre la puerta a jueces para dictar cárcel preventiva forzada a los procesados, es una sentencia adelantada y eso hace altamente probable que se cometa todo tipo de injusticias.
Por eso, un amplio sector de jurisconsultos y defensores de derechos humanos aplaudió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya declarado inconstitucional una disposición legal aprobada por legisladores de la Cuarta Transformación a finales de 2019 y puesta en vigencia a partir de enero de 2020. Es un pequeño indicio, pero indicio al fin, de que los contrapesos todavía funcionan en el país, porque frenan algunos excesos que provienen del Poder Ejecutivo.
El pleno de la Corte declaró, por mayoría de votos, inconstitucional una norma aprobada por legisladores oficiales e invalidó la prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal, así como por la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos. Hubo ocho votos en favor y tres en contra.
Los argumentos esgrimidos en contra de decretar cárcel en automático en esos casos fueron bastante contundentes: violenta derechos humanos, la presunción de inocencia de los procesados y, de igual manera, violenta preceptos constitucionales y acuerdos internacionales.
Dicho de otra forma, la SCJN declaró inconstitucional castigar con la prisión preventiva oficiosa (cárcel en automático) a presuntos responsables de cometer defraudación fiscal, usar facturas falsas y el contrabando.
La Corte empezó, el reciente lunes, a resolver las impugnaciones promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y senadores de la oposición contra la prisión preventiva oficiosa contra delitos fiscales.
Uno de los cambios principales de la reforma penal fiscal de 2019 fue establecer que los delitos de contrabando y su equiparable, defraudación fiscal y su equiparable y la venta y compra de facturas falsas conllevaban prisión preventiva cuando hubiesen superado los 8.6 millones de pesos. La medida entró en vigencia en enero de 2020.
Sin embargo y una vez publicada dicha reforma, la CNDH y senadores de oposición presentaron recursos de inconstitucionalidad tras argumentar que se violaban derechos de los ciudadanos.
En la acción de inconstitucionalidad 130/2019, la CNDH señaló que estos delitos fiscales no se deben catalogar como delitos contra la seguridad nacional, por lo que la prisión preventiva oficiosa es desproporcionada.
La queja de la CNDH señalaba que medida viola los siguientes derechos: seguridad jurídica, presunción de inocencia, legalidad en su vertiente de taxatividad, mínima intervención en materia penal y proporcionalidad de las penas.
Senadores del Partido Acción Nacional (PAN), del Revolucionario Institucional (PRI) y del de la Revolución Democrática (PRD) presentaron, por su parte, la acción de inconstitucionalidad 136/2016.
Hay que recordar que, en 2019, legisladores de Morena y sus aliados promovieron reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley de Seguridad Nacional para declarar equiparables a delitos de delincuencia organizada ilícitos en los que hayan incurrido los denominados factureros que evadiesen al fisco. Ese ordenamiento legal abría una puerta para que los jueces decretaran prisión preventiva forzada a los procesados.
Los argumentos del ministro presidente de la SCJN, Arturo Saldívar, fueron bastante claros: que la prisión preventiva debe ser una medida excepcional tal y como está establecido en la Carta Magna y las normas internacionales. “Ni las características personales del supuesto autor, ni la gravedad del delito, son por sí mismas justificación suficiente para prisión preventiva”, dijo durante la discusión en el tema.
Sin embargo y un día después, ayer martes, el mismo Saldívar tuvo que reforzar su postura a través de su red social Twitter: La mayoría de las personas sujetas a prisión preventiva oficiosa son de escasos recursos. Se trata de una condena sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza. Debemos avanzar hacia un sistema que establezca prisión preventiva como excepcional”.
Desde luego, eso no le gustó al presidente, Andrés Manuel López Obrador quien, de inmediato y aprovechando su conferencia mañanera de este martes, dijo que con eso la Corte está protegiendo a los “fifís” porque, según él, ellos son los que cometen más delitos de ese tipo. Pues, ni modos. Es una decisión del máximo tribunal y por una amplia mayoría. Así que, a otra cosa mariposa, en ese sentido.
MAYOR CONTROL
Ojalá y sea cierto. Todo mundo miente, por eso cuesta trabajo creer que el Paquete Económico o la Miscelánea Fiscal 2022, va a beneficiar al 95 por ciento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Ese sector genera el 80 por ciento de empleos a nivel nacional. Eso dijo el senador Alejandro Armenta Mier. Insisto: como todo mundo miente, es difícil creerle. Le demos el beneficio de la duda o, por lo menos.
Armenta Mier defendió también la inscripción de personas mayores de 18 años al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Rechazó que eso vaya a significar un terrorismo fiscal, porque quienes no se registren no serán sancionados. Sin embargo, si lo hacen, se alejarán de la posibilidad de que empresas fantasmas los enganchen y les roben su identidad.
El legislador de Morena argumentó que se han reportado miles de jóvenes y adultos mayores que eran víctimas de las empresas fantasmas, las cuales emitieron más de siete millones de facturas falsas, con lo que generaron un boquete fiscal y una evasión presupuestal por más de 4.5 billones de pesos. Sin saberlo, añadió, miles de jóvenes eran parte de empresas fantasmas porque no tienen el control de su RFC. Ese documento protege el historial tributario de quien lo posee.
En mi opinión, ciertamente no habrá terrorismo fiscal, pero el Gobierno Federal tendrá mayor control porque ahora podrá observar con una lupa y con mayor facilidad a todos aquellos que estén en ese padrón. Un mayor número de ciudadanos bajo control oficial.
Email: alexmoguels@hotmail.com